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El capítulo V de las Ordenanzas Reguladoras de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva, es el que rige este servicio. A continuación se expone dicho capítulo, no obstante, puede consultar o descargar las ordenanzas completas en la parte inferior de esta página.

 


CAPÍTULO V.- SERVICIO DE RECOGIDA DE VOLUMINOSOS (ENSERES Y MUEBLES)

Artículo 16.-
La Mancomunidad establece la recogida de muebles, enseres y trastos viejos de carácter doméstico como implemento a la recogida de residuos domésticos urbanos.

Artículo 17.-
El servicio incluye la recogida de todo tipo de muebles, enseres y trastos viejos de carácter doméstico en un volumen no superior a tres metros cúbicos. La cantidad que supere este volumen siendo de carácter doméstico, debe ser programado con los servicios de la Mancomunidad, para planificar la retirada.
En ningún caso se realiza la retirada de aquellos residuos voluminosos, para cuyo manejo se necesite el empleo de medios mecánicos como grúas o poleas distintos a los instalados en los vehículos de recogida, o bien no estén preparados para su inmediato traslado. No obstante el usuario podrá desplazarse con el residuo propio al Punto Limpio para depositarlo, previa autorización por los servicios de recogida, cuyo objeto es conocer la procedencia del mismo.

Artículo 18.-
La periodicidad, frecuencia, y modalidad de la prestación del servicio se fija en cada momento atendiendo a la cantidad previsible de producción de los residuos, las características de la localidad, así como la época del año. Para la recogida y traslado de los residuos es obligatorio que los usuarios realicen el correspondiente aviso previo al teléfono 901 200 176, con objeto de programar los trabajos de recogida, dependiendo de los días de la semana y franja horaria que corresponde a la localidad, en la que se desea se realice la retirada de los residuos voluminosos.

Artículo 19.-
Una vez ejecutada la recogida de los enseres, éstos se trasladan a Centro de Clasificación, que una vez realizada, se dará el destino y tratamiento de acuerdo con la legalidad vigente a los productos obtenidos de la clasificación.