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Atención personalizada para cada usuario
Los clientes, los usuarios, son el centro de todas nuestras acciones
Tarifas sociales
¿Qué son las tarifas sociales?
Son reducciones y beneficios aplicados a la factura del agua y de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), destinados a colectivos con necesidades específicas o en situación de vulnerabilidad.
Estas tarifas reflejan la filosofía de compromiso social de Giahsa: garantizar que el acceso al agua nunca dependa de las circunstancias personales o familiares.
En el siguiente listado, los usuarios podrán acceder a la descripción de cada tarifa, los requisitos necesarios y la documentación a presentar para comprobar si pueden acogerse a estas reducciones.
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Garantía del Mínimo Vital
Se establece una garantía de suministro de 100 litros por persona y día de forma gratuita, lo que se traduce en una reducción del 100% las cuotas de servicio y del consumo correspondiente al bloque 1 en materia de agua y de una tarifa reducida de RSU de 10,053 € para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
La caducidad de esta tarifa será de 6 meses.
Podrán ser beneficiarias de esta bonificación aquellas viviendas en las que el nivel conjunto de ingresos de todas las personas empadronadas sea inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Debe solicitarlo el titular del suministro doméstico, que deberá estar empadronado en esa vivienda y ni él ni el resto de las personas empadronadas podrán ser titulares de otro contrato de suministro en vigor ni tener deudas vencidas con Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Fotocopia de D.N.I. del titular del suministro
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda y su edad
- Certificado de nivel de ingresos de todos los residentes empadronados en la vivienda expedido por la Agencia Tributaria u organismo competente
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Pensionistas por jubilación viudedad o invalidez
Se establece una reducción del 25% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU de 10,763€ para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
La caducidad de esta tarifa será de 2 años.
Podrán ser beneficiarias de esta bonificación aquellos usuarios, titulares o no del contrato doméstico, que sean pensionistas por jubilación, viudedad o invalidez y que estén empadronados en la vivienda, solos, con su cónyuge y/o hijos menores de 18 años, si el nivel conjunto de ingresos de todos ellos es inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Ni el titular ni el resto de las personas empadronadas podrán ser titulares de otro contrato de suministro en vigor ni tener deudas vencidas con Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Fotocopia de D.N.I. del titular del suministro
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda y su edad
- Documento que acredite la condición de pensionista.
- Certificado de nivel de ingresos de todos los residentes en la vivienda emitido por la Agencia Tributaria u organismo competente
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Familias numerosas
Se consideran, conforme a lo regulado por la normativa, dos categorías distintas con reducciones diferentes:
Para familias numerosas de Categoría General, se establece una reducción del 25% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU de 10,763€ para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
Para familias numerosas de Categoría Especial, se establece una reducción del 50% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU de 10,133 € para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
La caducidad de esta tarifa será de 1 año.
Debe solicitarlo el titular del suministro doméstico, que deberá estar empadronado en esa vivienda y que disponga del título de familia numerosa. El nivel conjunto de ingresos de todas las personas empadronadas debe ser inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). y ni el titular ni el resto de las personas empadronadas podrán ser titulares de otro contrato de suministro en vigor ni tener deudas vencidas con Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Fotocopia de D.N.I. del titular del suministro.
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda y su edad.
- Título de Familia Numerosa en vigor.
- Certificado de nivel de ingresos de todos los residentes empadronados en la vivienda expedido por la Agencia Tributaria u organismo competente.
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Personas con dependencia o discapacidad
Se establece una reducción del 25% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU de 10,763 € para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15 (no hay reducción en RSU para calibre mayores de 15 mm).
La caducidad de esta tarifa será de 2 años.
Debe solicitarlo el titular del suministro doméstico, que deberá estar empadronado en esa vivienda. El usuario para el que se acredite una dependencia en Grado II o Grado III o un grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberá estar empadronado en la vivienda. El nivel conjunto de ingresos de todas las personas empadronadas debe ser inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y ni el titular ni el resto de las personas empadronadas podrán ser titulares de otro contrato de suministro en vigor ni tener deudas vencidas con Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Fotocopia de D.N.I. del titular del suministro.
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda y su edad.
- Certificado de Dependencia o Discapacidad expedido por la administración competente.
- Certificado de nivel de ingresos de todos los residentes empadronados en la vivienda expedido por la Agencia Tributaria u organismo competente.
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Víctimas de violencia de género o doméstica.
Se establece una reducción del 50% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU de 10,133 € para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
La caducidad de esta tarifa será de 1 año.
Debe solicitarlo el titular del suministro doméstico, que deberá estar empadronado en esa vivienda. El usuario para el que se acredite la condición de víctima de violencia de género o doméstica deberá estar empadronado en la vivienda. El nivel conjunto de ingresos de todas las personas empadronadas debe ser inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y ni el titular ni el resto de las personas empadronadas podrán tener deudas vencidas con Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Fotocopia de D.N.I. del titular del suministro
- Certificado de empadronamiento en el que conste el número de personas que conviven en la vivienda y su edad.
- Documento que acredite la condición de víctima de violencia de género o doméstica expedido por la administración competente
- Certificado de nivel de ingresos de todos los residentes empadronados en la vivienda expedido por la Agencia Tributaria u organismo competente.
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Entidades sin ánimo de lucro
Para entidades sin ánimo de lucro de Carácter General, se establece una reducción del 25% en las cuotas de servicio y en el bloque 1 de consumo, así como una tarifa reducida de 10,763€ para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
Para entidades sin ánimo de lucro de Carácter Asistencial, se establece una reducción del 25% en las cuotas de servicio y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de 10,763 € para abonados domésticos con contadores de calibre 13 y 15.
La caducidad de esta tarifa será de 1 año.
Podrán ser beneficiarias las entidades de naturaleza fundacional o asociativa sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentre la realización de actividades benéficas, sociales, culturales y deportivas en favor de la comunidad, que sean titulares del contrato de suministro y que no tengan deudas vencidas por Giahsa.
- Formulario de solicitud
- Copia del CIF
- Apoderamiento de la persona que presenta la solicitud
- Copia de los Estatutos, debidamente inscritos en el registro que corresponda según su naturaleza
- Para entidades asistenciales y sanitarias, acreditación de esta inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía
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Fomento de la fijación de población
Se establece una reducción del 20% en las cuotas de servicio de agua, y en los bloques 1 y 2 de consumo, así como una tarifa reducida de RSU para abonados domésticos en función del calibre contador con arreglo a la siguiente tabla:- Calibre 13: 10,763 €
- Calibre 15: 10,763 €
- Calibre 20; 13,874 €
- Calibre 25: 15,917 €
- Calibre 30: 17,961 €
Su caducidad va ligada a la del empadronamiento.
Esta tarifa no requiere solicitud, sino que se aplica de forma automática en función de la población (menores de 500 habitantes en la Sierra) y de las personas empadronadas (al menos 1).
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Consumos afectados por fugas y averías interiores
Se podrá aplicar a fugas y averías fortuitas, siempre que el consumo desde la última lectura real haya sido superior a 100 metros cúbicos mensuales y cuatro veces mayor que el histórico.
Al tener la consideración de tarifa, se establece una refacturación, en lugar de aplicarse como hasta ahora una ayuda de carácter social por parte de la Comisión del Defensor del Usuario.
La refacturación se realizará mediante reclamación que acredite las circunstancias acaecidas, modificando a bloque 1 el exceso de consumo respecto al histórico de los meses afectados (máximo dos periodos bimestrales de lectura).La solicitud debe realizarla el titular del suministro, que podrá ser doméstico o no doméstico, en modelo de instancia general acompañado necesariamente de la documentación que acredite la debida diligencia en la reparación de la avería.


